Actualizado 2026

Calculadora Impuesto Donaciones Cataluña 2026 (Tarifa Reducida)

Calcula el impuesto de donaciones en Cataluña 2026: tarifa propia reducida del 5% al 9% para Grupo II (descendientes/cónyuge) con bonificaciones. Modelo 651.

Sin registroResultado detalladoNormativa vigente
Cláusulas Recomendadas

Tarifa catalana reducida (5-9%) para donaciones familiares

A diferencia de otras comunidades que bonifican la cuota, Cataluña aplica una tarifa propia reducida para donaciones a Grupos I y II según la Ley 19/2010 (Art. 54-57). Los tipos van del 5% (hasta €200.000) al 9% (tramos superiores), frente a la tarifa estatal progresiva del 7,65% al 34%. Aunque no llega a ser tan favorable como la bonificación del 99% madrileña, reduce significativamente la carga tributaria respecto al régimen estatal puro.

Sin reducción general por parentesco en donaciones

En sucesiones catalanas, los herederos de Grupo II disfrutan de reducciones de €100.000-€200.000 sobre la base imponible. Sin embargo, para donaciones, Cataluña no aplica esta reducción general por parentesco. Solo existen reducciones por finalidad específica (adquisición de primera vivienda habitual por menores de 36 años, transmisión de empresa familiar) que requieren cumplir requisitos adicionales estrictos.

Comparativa: donación vs herencia en Cataluña

En Cataluña, las herencias de Grupo I/II disfrutan de reducciones por parentesco (€100k-€200k) más bonificación decreciente (99% hasta €100k base, reduciéndose progresivamente). Las donaciones no tienen estas ventajas: aplican la tarifa catalana reducida directamente sobre la base íntegra. Para una transmisión de €200.000 de padre a hijo, la herencia tributaría ~€0-€2.000, mientras que la donación tributaría ~€10.000-€14.000. La herencia es casi siempre más ventajosa fiscalmente en Cataluña.

Errores Comunes a Evitar
  • ×Asumir que Cataluña bonifica donaciones como Madrid o Andalucía. Cataluña NO aplica bonificación general sobre la cuota de donaciones; usa tarifa propia reducida, lo que resulta en un impuesto significativamente mayor.
  • ×No considerar que la donación en vida puede ser fiscalmente peor que dejar en herencia. En Cataluña, las herencias de Grupo I/II tienen reducciones y bonificaciones muy superiores a las donaciones.
  • ×Olvidar que la competencia es de Cataluña si el donatario (receptor) reside allí, independientemente de dónde viva el donante. Si tu padre vive en Madrid pero tú vives en Barcelona, se aplica la normativa catalana.
Checklist Antes de Firmar
  • Escritura pública ante notario (obligatoria para inmuebles)
  • DNI/NIE del donante y del donatario
  • Modelo 651 ante la Agència Tributària de Catalunya
  • Justificante de pago del impuesto (dentro de 30 días hábiles)
  • Certificación catastral del inmueble (si aplica)
  • Justificante bancario del origen de los fondos donados

Cómo funciona

1

Introduce el valor de la donación

Indica el valor total de los bienes donados (inmueble, dinero, acciones, vehículo, etc.).

2

Selecciona el parentesco con el donante

Elige el grupo de parentesco (I-IV). Cataluña aplica tarifa reducida propia para Grupos I y II.

3

Confirma Cataluña como comunidad

En donaciones, se aplica la normativa de la comunidad del donatario (quien recibe). Verifica que resides en Cataluña.

4

Revisa el cálculo con tarifa catalana

Cataluña no tiene bonificación general, pero aplica tarifa reducida (5-9% para Grupos I/II vs 7,65-34% estatal).

5

Presenta el Modelo 651 en plazo

Tienes 30 días hábiles desde la donación para presentar ante la Agència Tributària de Catalunya.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga por una donación en Cataluña?

Cataluña no aplica bonificación general sobre la cuota de donaciones (a diferencia de Madrid o Andalucía). En su lugar, aplica una tarifa propia reducida del 5-9% para Grupos I y II, frente a la tarifa estatal del 7,65-34%. Una donación de €100.000 de padres a hijos en Cataluña genera un impuesto significativamente mayor que en Madrid (~€8.300 vs ~€124).

Ley 19/2010 de Cataluña, fuente BOE.

¿Cataluña tiene tarifa propia para donaciones?

Sí. La Ley 19/2010 (Art. 54-57) establece una tarifa catalana reducida para donaciones a Grupos I y II: del 5% hasta €200.000 y del 7-9% en tramos superiores. Esta tarifa es más favorable que la estatal (7,65-34%), pero al no tener bonificación sobre la cuota, el impuesto final es mayor que en comunidades con bonificación del 99%.

¿Hay reducciones especiales para donaciones en Cataluña?

Cataluña ofrece reducciones por finalidad específica (primera vivienda habitual para menores de 36 años, empresa familiar), pero no tiene reducción general por parentesco en donaciones como sí existe en sucesiones. Las reducciones por finalidad específica quedan fuera del alcance de este simulador por su complejidad.

¿Es mejor donar o dejar en herencia en Cataluña?

Generalmente, para Grupos I/II en Cataluña, la herencia es fiscalmente más ventajosa: tiene reducción por parentesco (€100.000-€200.000 según edad) y bonificación decreciente según importe (99-0%). La donación no tiene esas reducciones generales. Sin embargo, la donación permite elegir el momento y el beneficiario, lo cual puede tener ventajas de planificación patrimonial. Usa el [comparador donar o heredar](/calculadora/donar-o-heredar-comparador) como flujo informativo si necesitas separar impuesto, liquidez, modelos y documentación.

¿Qué plazo hay para liquidar el impuesto de donaciones en Cataluña?

El plazo es de 30 días hábiles desde la fecha de la donación (o desde la escritura pública para inmuebles). Se presenta ante la Agència Tributària de Catalunya mediante el Modelo 651. Fuera de plazo se aplican recargos e intereses de demora.

¿Cuánto pagan las donaciones entre hermanos en Cataluña?

Las donaciones del Grupo III (hermanos, sobrinos, tíos) en Cataluña no disfrutan de tarifa reducida ni bonificación. Se aplica la tarifa estatal completa (7,65-34%) con coeficiente multiplicador de 1,5882. Una donación de €100.000 entre hermanos generaría un impuesto de ~€19.718. Cataluña es una de las comunidades más caras para donaciones colaterales, frente a Madrid (50% de bonificación desde 2025) o Canarias (99,9%).

Contexto Legal

Ley 19/2010 de Cataluña, Art. 54-57 — Tarifa propia y reducciones donaciones. Art. 633 CC — Escritura pública obligatoria para inmuebles.